MAMÁS, PAPÁS O TUTORES. Favor de leer con atención el texto con se encuentra a continuación y escribir en este foro lo siguiente: "He leído el texto y me comprometo en cumplir la constitución Mexicana y la Ley de educación, así como su nombre completo y el de su hijo(a) o tutoreado ". Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 31 . Son obligaciones de los mexicanos: I. Ser responsables de que sus hijas, hijos o pupilos menores de dieciocho años concurran a las escuelas, para recibir la educación obligatoria, así como participar en su proceso educativo, al revisar su progreso y desempeño, velando siempre por su bienestar y desarrollo Ley General de Educación Artículo 66 . Son obligaciones de quienes ejercen la patria potestad o la tutela: - Hacer que sus hijos o pupilos menores de edad, reciban la educación preescolar, la primaria y la secundaria. - Apoyar el proceso educativo de sus hijos o pupilos , y - Colaborar con las instituciones educativas